jueves, 31 de julio de 2008

Los derechos de las personas con discapacidad


En Argentina, la Constitución Nacional y legislación específica regulan los derechos de las personas con discapacidad que SE INCUMPLEN TODOS LOS DIAS. Ejercer estos derechos se convierte en un problema y un desafío cotidiano para la mayoría de las personas con discapacidad y hace que no interactúen -aún- en todos los lugares que una sociedad democrática, plural, sustentable y desarrollada debería ofrecer a sus ciudadanos.


LIBERTAD ES ACCESIBILIDAD: “La supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte es prioritaria” (Art. 1, Ley 24.314).

SALUD ES REHABILITACIÓN: “El Estado, a través de sus organismos, prestará a las personas con discapacidad no incluidas dentro del sistema de las obras sociales, en la medida que aquellas o las personas de quienes dependan no puedan afrontarlas, los siguientes servicios: a) Rehabilitación integral (...) para que las personas con discapacidad alcancen el nivel psicofísico y social más adecuado para lograr su integración social” (Art. 22, Ley 22.431 y Art. 15, Ley 24.901).

EDUCACIÓN ES DESARROLLO: “El Estado, a través de sus organismos dependientes, prestará a los discapacitados, en la medida en que éstos, las personas de quienes dependan, o los entes de obra social a los que estén afiliados, no puedan afrontarlos, los siguientes servicios: (…) e) Escolarización en establecimientos comunes con los apoyos necesarios provistos gratuitamente, o en establecimientos especiales cuando en razón del grado de discapacidad no puedan cursar la escuela común” (Art. 4, Ley 22.431)

TRABAJO ES INDEPENDENCIA ECONÓMICA: “El Estado nacional, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas del Estado están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al 4% de la totalidad de su personal” (Art. 8, Ley 22.431).


Esta información fué extraída del sitio http://www.lausina.org/ . Visitalo!!!

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Proyecto Derechos, NO Favores

“A los desharrapados del mundo y a quienes, descubriéndose en ellos, con ellos sufren y con ellos luchan”
Paulo Freire


La vida en la comunidad en el marco de un estado de derecho, se organiza bajo los principios de igualdad y libertad. La igualdad ante la ley no puede depender de ningún tipo de condición personal o social. Sin embargo, las personas con discapacidad, como sujetos de la sociedad, sólo recientemente han comenzado a reclamar un tratamiento que las incorpore a ese modelo de organización social.
Las personas que presentan algún tipo de discapacidad tienen talentos y habilidades, así como necesidades especiales. Son ciudadanos de su país, y como tales piden los mismos derechos que los demás. Tienen derecho a la igual participación e inclusión en la sociedad y a la no discriminación. Son DERECHOS, NO FAVORES.
El acceso a la educación, la cultura, la formación profesional, el trabajo, el ocio y, en definitiva, la participación social, no se produce en condiciones de igualdad y libertad para las personas con discapacidad. Si bien mucho se ha hecho en torno a legislar para modificar esta situación, su cumplimiento efectivo es hoy una utopía.
Los factores contextuales que afectan a la discapacidad y que son un problema de la sociedad y no de la persona con discapacidad, limitan extraordinariamente las posibilidades de participación de estas personas y les impiden alcanzar niveles de calidad de vida que son habituales para otras personas sin discapacidad. El sujeto que presenta alguna deficiencia o del que tal cosa se dice por parte del que tenga voz para hacerlo es etiquetado administrativamente y socialmente, “profecía que se cumple a sí misma”.
La posición en que es colocado y la imagen que se devuelve condicionan el proceso de construcción personal del sujeto, el cual de una u otra manera puede asumir el rol que se le ofrece y las connotaciones del mismo.
Las personas con discapacidad resultan ser veteranas víctimas y testigos de una exclusión social que afecta de forma cada vez más masiva y sistemáticamente a más y más personas y colectivos. Exclusión que mutila a la familia humana y corta los nexos de interdependencia que la constituye como tal.
Una de las expresiones utilizadas con frecuencia en relación con las personas con alguna discapacidad es no puede. Si entendemos que no hay un modo normal de hacer las cosas, esas palabras no tienen cabida. Las únicas limitaciones reales que tiene la persona son las que le son impuestas. En tal sentido, las limitaciones son creadas por la sociedad más que por la discapacidad.
Si se le dice a una persona discapacitada que está limitada, le resulta más fácil aceptarlo, creerlo y comportarse como si eso fuera cierto, en lugar de intentar demostrar lo contrario. La superación de la presente crisis no es tarea de un héroe salvador, ni es tarea que pueda postergarse hasta haber superado las “urgencias” (hambre, salud, violencia, adicciones…) Ellas son los síntomas inevitables del problema, y ellas son también las mejores oportunidades de aprendizaje, tal vez las únicas oportunidades de aprender a registrar y resolver el problema que las provoca y que tiene la exclusión como una de sus causas.
El proceso de cambio de un sistema que excluye personas, supone la inclusión de esas personas excluidas, el reconocimiento de su lugar, como co – protagonistas, durante la ideación, la formulación y la implementación de esos cambios, de modo que la experiencia misma no resulte una nueva exclusión.
También supone la revisión de actitudes, normas y lenguajes desde los cuales los problemas son percibidos, sentidos y narrados como carencias de los demás; las causas son visualizadas como fatalidades naturales y las soluciones como providencias, heroísmos individuales o incumbencias de otros. Dicha revisión posibilita un cambio de enfoque, de percepción de sí mismo y del otro, y un primer atravesamiento hacia el “nosotros”, por parte de las personas actualmente excluidas y de las personas que encarnan las actuales instituciones. La exclusión es, en efecto, y simultáneamente: de uno mismo, del otro y del nosotros.
El reconocimiento en uno mismo y en el otro de singulares inteligencias, de singulares intereses, deseos, necesidades, gustos, puntos de vista, historias… nos permite registrar los diversos enfoques con los cuales cada uno puede arrojar luz propia a la vida compartida. Y nos permite, sobretodo, registrar – reconocer gratamente, ese resplandor que acontece del cruce de miradas simultáneas y desde tan diversos ángulos, alumbrando aquellos aspectos en los cuales ninguno aisladamente hubiese reparado.
Cuando la reciprocidad es el camino, no sólo aprendemos a modificar el mundo de las cosas, también se re – genera nuestro ser; cada uno descubre algo que no sabía de sí mismo y que en verdad “no era” sin los otros. (IVERN, ALBERTO. “Hacia una pedagogía de la reciprocidad”. Ciudad Nueva, Buenos Aires, 2004)

“Es hora de que las personas con discapacidad dejen de ser consideradas invisibles, ya que la discapacidad debe aceptarse como un elemento más de la diversidad humana”
(Declaración de Madrid, 2002, Consenso Europeo sobre Discapacidad).

Autor Mejicano, Mensaje Universal